Las iglesias son testigos de la violencia armada, asisten a las personas a las que afecta y comparten el sufrimiento que causa. Cada año se destrozan o pierden millones de vidas a causa de la violencia armada, dos tercios de ellas en países donde aparentemente impera la paz. Las exportaciones, importaciones y transferencias mal reguladas de armas tienen parte de la culpa. El uso ilegal e ilegítimo de dichas armas facilita muchas formas de violencia, intensifica los conflictos armados y socava el desarrollo social y económico.

Tras un siglo de progreso en la ampliación de la protección jurídica internacional de los individuos y los pueblos, todavía no existe ningún tratado para controlar las transacciones comerciales de armas convencionales. No obstante, una legislación vinculante resulta más urgente que nunca, pues en esta era de gastos militares sin precedentes y creciente comercio internacional, las armas mortales aún cambian de manos con menor control del que son objeto los envíos de electrodomésticos.

En 2009, tras años de debate, 153 gobiernos, incluidos aquellos cuentan con el mayor comercio de armas, votaron en las Naciones Unidas a favor de negociar “un instrumento jurídicamente vinculante sobre las normas internacionales comunes más elevadas posibles para la transferencia de armas convencionales”. Este Tratado sobre el Comercio de Armas (TCA) se negociará en julio de 2012. Muchos gobiernos han participado en los preparativos y en julio de 2011 acordaron un documento de síntesis con las principales disposiciones en las que centrar las negociaciones para la elaboración del futuro tratado. Sin embargo, unos cuantos actores importantes podrían poner obstáculos a la mayoría de gobiernos y grupos de la sociedad civil que desean seguir edificando sobre los logros del proceso del TCA alcanzados en 2011. Subsisten diferencias sobre qué incluir bajo el término ‘armas’,  qué actividades se consideran ‘comercio’ y qué información deben proporcionar los proveedores de armas y los destinatarios. Entre los factores en juego a un nivel más profundo cabe destacar el estatus internacional de los Estados, los beneficios del comercio de armas y la influencia militar en los gobiernos.

Un tratado que regule el comercio de armas debe abordar cuestiones tales como qué tipo de armas cambian de manos, cómo se transfieren, quién las proporciona y adónde van a parar. Este tipo de tratado puede ayudar a reducir la violencia armada si mejora los controles sobre la totalidad de la cadena de proveedores, exportadores, intermediarios, importadores, destinatarios y usuarios finales. Las mejores normas nacionales y multilaterales que existen en la materia indican que el comercio de armas puede reformarse.

Los gobiernos soberanos y la industria armamentística desempeñan un papel esencial en la elaboración del  TCA. Ambos tienen responsabilidades públicas para con las poblaciones que, en un mundo cada vez más interdependiente, comparten un destino común. El TCA es un tratado sobre comercio, pero el comercio de armas no es un negocio cualquiera. La mayoría de Estados reconoce este hecho por lo que imponen controles nacionales. De un modo similar, hoy hay cada vez más industrias que asumen la responsabilidad de los efectos causados por sus productos y la industria armamentística debe hacer lo mismo. Los Estados y los fabricantes de armas deben reconocer que la negociación del TCA representa una oportunidad decisiva para proteger un bien público mundial.

El comercio de armas suscita preocupaciones que ocupan un lugar central en la fe cristiana y que tienen que ver con la santidad de la vida y los mandamientos de no matar y de amar al prójimo. En este espíritu, el Consejo Mundial de Iglesias ha instado repetidamente a las iglesias a llevar a cabo acciones destinadas, por ejemplo, a establecer instituciones que afiancen la seguridad y el bienestar de todos, denunciar el militarismo y promover el desarme. En 1978, durante el primer período extraordinario de sesiones de la Asamblea General de la ONU dedicado al desarme, el CMI condenó la manera en que la venta de armas y el flujo de armas desde los países más ricos a los más pobres alimentan los conflictos en estos últimos. En 2001, la Comisión de las Iglesias para Asuntos Internacionales del CMI exhortó a los gobiernos que participaban en una importante conferencia de la ONU sobre el tráfico ilícito de armas pequeñas a “controlar las transferencias de armas en el marco de las obligaciones de los Estados y de conformidad con ellas, incluida la obligación de no adquirir armas con fines que no sean o sobrepasen los niveles necesarios para la autodefensa; garantizar el mínimo desvío posible de recursos con fines armamentísticos; y cumplir con la obligación de proteger el bienestar y los derechos de sus ciudadanos”. En 2005, el Comité Ejecutivo del CMI insto a los gobiernos a “negociar un tratado exhaustivo y jurídicamente vinculante” sobre la transferencia de armas y a “garantizar que dicho Tratado sobre el Comercio de Armas establezca criterios claros para el cumplimiento y la verificación”. También se instó a las iglesias miembros a abogar por “la adopción de un tratado internacional efectivo sobre el comercio de armas”. En 2011, el Comité Central del CMI respaldó una campaña ecuménica sobre el TCA.

Las iglesias, los miembros de las iglesias y las organizaciones conexas apoyan un tratado que en última instancia salve vidas y proteja a las comunidades que, debido a las prácticas comerciales actuales, están expuestas al peligro. A fin de reducir la violencia armada ilegal, el tratado debe ser firme y eficaz. Un TCA que sea firme se aplicará a todas las categorías de armas convencionales y reforzará las obligaciones de los Estados de proteger la vida mediante el derecho internacional y otras normas internacionales. Un TCA que sea efectivo tendrá disposiciones sobre la presentación de informes, la transparencia, la rendición de cuentas y la aplicación que servirán para proteger a las comunidades, naciones y regiones afectadas por las transferencias de armas mal reguladas.

Las disposiciones del tratado que son de especial interés para el Consejo Mundial de Iglesias también son importantes para un gran número de organizaciones de la sociedad civil y de gobiernos. Las iglesias comparten la convicción de que el tratado debe incluir las siguientes disposiciones centradas en las personas: los Estados deben estar jurídicamente obligados a evaluar si existe un riesgo importante de que una determinada transferencia de armas se utilice para facilitar graves violaciones de las normas internacionales de derechos humanos y del derecho humanitario internacional; el tratado debe exigir a los Estados que denieguen una licencia u otro tipo de autorización cuando exista un riesgo importante de que la transferencia en cuestión perjudique seriamente el desarrollo sostenible o perpetúe las pautas de violencia por motivos de género; el tratado también debería abordar la necesidad de prestar asistencia a los supervivientes de la violencia armada; el ATC debe aplicarse a todo el ámbito de las armas convencionales debido a la gran variedad de armas que hoy se usan y a la naturaleza fragmentaria de la industria armamentística internacional; el alcance del tratado debería ser flexible de modo que permita futuras revisiones en cuanto se refiere a la inclusión de nuevos armamentos.

El Consejo Mundial de Iglesias afirma que un tratado sobre el comercio de armas constituye un instrumento jurídico que tiene tres tareas complementarias. Debe evitar las transferencias de armas a Estados en los que el Gobierno supone una amenaza para su propia población o para otros Estados. Debe mejorar los controles del comercio de forma que cuando haya un alto riesgo de reexportación o de desvío hacia bandas criminales organizadas o grupos armados, se reduzca o ponga fin al contrabando de armas y a las ventas en el mercado negro. El TCA también debe servir para proteger a las comunidades y salvar vidas.

Por consiguiente, afirmando el compromiso ecuménico y la defensa de una sólida reglamentación del comercio de armas, el Comité Ejecutivo del Consejo Mundial de Iglesias, reunido en Ginebra, Suiza, del 14 al 17 de febrero de 2012:

A.     Encomia a las iglesias miembros del CMI y organizaciones conexas que participan en la campaña ecuménica por un tratado firme y eficaz sobre el comercio de armas;

B.     Alienta a las otras iglesias miembros a unirse a la campaña y a cooperar con los gobiernos y las organizaciones de la sociedad civil que tienen ideas afines en favor del tratado, e invita a los representantes de las iglesias a firmar la declaración interreligiosa relativa al Tratado sobre el Comercio de Armas emitida por la Coalición para el Control de las Armas;

C.     Hace hincapié en que el Tratado sobre el Comercio de Armas debe abarcar todos los tipos de armas convencionales y sus componentes, incluidas las armas pequeñas, las armas ligeras, las municiones y las partes, así como el material policial y de seguridad; y dejar la puerta abierta a futuras revisiones que permitan incluir nuevas armas;

D.    Alienta a las iglesias miembros del CMI y a sus redes a instar a sus respectivos gobiernos a adoptar un Tratado sobre el Comercio de Armas que obligue jurídicamente a los Estados a denegar toda transferencia de armas que conlleve un riesgo importante de que la transferencia: se utilice para facilitar graves violaciones de las normas internacionales de derechos humanos y del derecho humanitario internacional; perjudique seriamente el desarrollo sostenible; o perpetúe las pautas de violencia por motivos de género. Asimismo, las anima a instar a los Estados a responder a la necesidad de prestar asistencia a los supervivientes;

E.     Pide a los gobiernos que velen por que las disposiciones del tratado para la aplicación, la cooperación, el seguimiento y la evaluación permitan ayudar a todos los Estados Parte a cumplir los criterios del tratado y a aplicar sus requisitos;

F.      Encomia el documento de síntesis de julio de 2011 del proceso preparatorio del TCA como base para la negociación del Tratado sobre el Comercio de Armas, con disposiciones más firmes que obliguen a mantener un registro exhaustivo y ser tranparentes, y que fomenten la asistencia y la cooperación internacional entre los Estados Parte, así como el apoyo a los supervivientes;

G.    Recomienda que las decisiones importantes en la negociación del Tratado sobre el Comercio de Armas se tomen conforme a los procedimientos de la ONU, según los cuales el consenso se logra por amplia mayoría tras intensas deliberaciones;

H.    Insiste en la participación de representantes de las organizaciones de la sociedad civil, en calidad de observadores, en la conferencia de julio de 2012 relativa al Tratado sobre el Comercio de Armas y en las conferencias posteriores sobre el tratado, manteniendo o ampliando la práctica adoptada durante el proceso preparatorio del TCA;

I.       Brinda apoyo a las Naciones Unidas y otros foros multilaterales en sus esfuerzos por que se reconozca y se examine la relación adversa entre los gastos en armamentos y los gastos en desarrollo social y económico.