en el marco del proyecto de declaración y programa de acción para la Conferencia mundial contra el racismo, la discriminación racial, la xenofobia y las formas conexas de intolerancia

(Enviado el 15 de agosto de 2000 al la Oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos)

Comisión de las Iglesias para Asuntos Internacionales del Consejo Mundial de Iglesias (CCIA/WCC) - ONG reconocida como entidad consultiva por el ECOSOC

Teniendo en cuenta los esfuerzos que durante más de cincuenta años ha llevado a cabo el Consejo Mundial de Iglesias para luchar contra el racismo y sus repercusiones, especialmente por medio de su Programa de Lucha contra el Racismo (PLR), la Comisión de las Iglesias para Asuntos Internacionales presenta las siguientes observaciones para que se tomen en consideración en la redacción del proyecto de Declaración y Programa de Acción. Estas propuestas preliminares se han formulado teniendo en cuenta la experiencia de víctimas del racismo en todo el mundo que son miembros de las 340 iglesias de todas las regiones que integran el CMI o personas relacionadas con ellas.

1. Orígenes, causas, formas y manifestaciones actuales del racismo, la discriminación racial, la xenofobia y las formas conexas de intolerancia

En la actualidad, ninguna sociedad está totalmente libre de racismo, discriminación racial, xenofobia y formas conexas de intolerancia. En consecuencia, conviene que la Declaración y el Programa de Acción se dirijan a todos los gobiernos, así como a las organizaciones no estatales y del sector privado y de la sociedad civil que comparten la responsabilidad de la eliminación de esas violaciones de los derechos fundamentales en sus propias sociedades, así como de la aplicación de normas universales en todos los países.

El racismo, la discriminación racial, la xenofobia y las formas conexas de intolerancia son las principales causas de muchos conflictos armados actuales, tanto internos como internacionales, y las medidas adoptadas para eliminar esas fuentes de injusticia forman parte integrante del Programa de Paz mundial y de la construcción de una cultura universal de paz, así como de estrategias no violentas cuyo objetivo es encontrar soluciones a los conflictos.

El racismo, la discriminación racial, la xenofobia y las formas conexas de intolerancia constituyen un obstáculo para el desarrollo de los países pobres y la igualdad de oportunidades económicas en los países ricos. Los efectos negativos de la mundialización a nivel económico, que tienden a excluir a amplios sectores de los beneficios que genera la economía mundial, afectan en particular a las antiguas colonias de las potencias europeas en África, Asia, el Caribe y el Pacífico, a los pueblos indígenas de América Latina, y a los pueblos nativos y aborígenes en países industrializados donde predominan los blancos.

La causa principal de este mal social es el racismo de los blancos contra las personas de color de todo el mundo. Sin embargo, la creciente ola de violencia en los conflictos internos de muchas regiones pone en evidencia que las manifestaciones extremas de identidad nacional y etnocentrismo son formas conexas de intolerancia con repercusiones comparables sobre los pueblos cuyo patrimonio racial es igual o similar en muchas sociedades.

El sistema de castas es una extendida forma de discriminación que afecta a unos 240 millones de personas en Asia meridional y que constituye una violación del artículo 2 de la Declaración Universal de Derechos Humanos. Las causas de esta discriminación están muy interiorizadas en las culturas y en el contexto religioso de esas sociedades, lo que no hace más que aumentar la complejidad del problema, que no puede resolverse con soluciones puramente jurídicas.

La intolerancia religiosa y la manipulación política de la religión y de las afiliaciones religiosas están en aumento en muchas partes del mundo, y su incidencia es cada vez mayor en los conflictos nacionales e internacionales. La labor del Relator Especial sobre la intolerancia religiosa, que ha hecho hincapié en esas cuestiones, debería recibir más apoyo y verse reforzada.

Es preciso seguir instando a los gobiernos para que respeten el derecho a la libertad religiosa, en particular para que consideren como verdaderas religiones la espiritualidad de los pueblos indígenas, de conformidad con las recomendaciones del Relator Especial sobre la intolerancia religiosa.

2. Víctimas del racismo, la discriminación racial, la xenofobia y las formas conexas de intolerancia

Las primeras víctimas de los efectos del racismo, la discriminación racial, la xenofobia y las formas conexas de intolerancia, incluida la discriminación por razones de casta, y las más gravemente afectadas, son generalmente las mujeres. Las sociedades y los sistemas sociales en los que predominan actitudes y formas de poder patriarcales favorecen con frecuencia el racismo, la discriminación racial, la xenofobia y las formas conexas de intolerancia, agravando así y haciendo más compleja aún la opresión de las mujeres. El racismo, el sexismo y la clase suelen formar un triángulo de discriminación en el que muchas mujeres se ven atrapadas en sus vidas cotidianas.

Los pobres son los más vulnerables a los efectos del racismo, la discriminación racial, la xenofobia y las formas conexas de intolerancia. Con la feminización de la pobreza, las mujeres son las que se ven más afectadas y resultan más vulnerables a otras violaciones de los derechos humanos como el turismo sexual y la trata de mujeres, las políticas discriminatorias de control de la población y la esterilización, la desigualdad de oportunidades de educación y la discriminación en el empleo que las relega a los trabajos peor pagados y más degradantes.

Es una práctica corriente negar a las víctimas del racismo, la discriminación racial, la xenofobia y las formas conexas de intolerancia, en especial los pueblos indígenas, el derecho de propiedad de sus tierras ancestrales, así como el control de las mismas, el acceso a ellas y los vínculos que los ligan a esos lugares. Esa práctica tiene graves consecuencias económicas para esos pueblos, y constituye una violación de la libertad religiosa para los grupos cuya espiritualidad está estrechamente ligada a la tierra y al entorno natural. Independientemente de dónde vivan, de su cultura política o social o de sus creencias particulares, todos los pueblos indígenas consideran que la tierra es sagrada y la base fundamental de su supervivencia. Su identidad, cultura, idioma, filosofía de la vida y espiritualidad están estrechamente unidas en una equilibrada relación con toda la creación.

Las víctimas de la discriminación por motivos de casta están obligadas a vivir aparte, debido a la prohibición de comer o casarse con personas que no formen parte de su grupo, a su carácter intocable, a la discriminación y a la desigualdad de oportunidades en la vida pública.

Un análisis de las manifestaciones actuales del racismo debería abordar la cuestión del racismo por razones de medio ambiente. En muchos países, a los pueblos de ascendencia africana, a los pueblos indígenas y a las minorías étnicas les corresponde vivir, con más probabilidad que a los blancos, en condiciones medioambientales peligrosas o cerca de vertederos de desechos tóxicos no sujetos a reglamentación alguna. Es en las tierras de los pueblos indígenas y los lugares sagrados donde se llevan a cabo trabajos de minería de gran envergadura o se vierten desechos radiactivos. Existe una dualidad de criterios con respecto a qué prácticas son aceptables en determinados pueblos, ciudades y comunidades y no lo son en otros. Por todas estas razones, la duración de la vida de los residentes de esas comunidades es más breve, la mortalidad infantil y adulta es más elevada y la salud más precaria, y viven en condiciones de pobreza debido a que sus oportunidades económicas son más limitadas, sus viviendas son inadecuadas, y la calidad de vida se deteriora constantemente.

Las expresiones de xenofobia (el rechazo de los extranjeros) son cada vez más patentes en todas las regiones del mundo. Los gobiernos conciben formas cada vez más sutiles de impedir a posibles migrantes o solicitantes de asilo que lleguen a sus territorios. Con frecuencia, los políticos utilizan a los extranjeros como chivos expiatorios de los problemas políticos y económicos internos. Hay cada vez más casos de hostilidad y violencia contra los extranjeros, sean migrantes en situación regular, sean trabajadores indocumentados, refugiados o solicitantes de asilo. Los migrantes indocumentados, en particular las mujeres, son especialmente vulnerables.

Es necesario instar a los gobiernos a que firmen y ratifiquen la Convención Internacional sobre la protección de los derechos de todos los trabajadores migratorios y de sus familiares.

Los gobiernos deberían comprometerse a hacer frente a las causas que obligan a las personas a abandonar sus comunidades, como la persecución, la violación de los derechos humanos, la guerra, la pobreza y la degradación del medio ambiente.

Cabe a los gobiernos elaborar programas de sensibilización sobre las razones de la migración, las contribuciones que los migrantes aportan a sus sociedades, y la necesidad de valorar la rica variedad de culturas del mundo.

La relación entre xenofobia y racismo debe estudiarse más a fondo.

Los gobiernos deberían velar por que sus procedimientos de asilo den la máxima protección a quienes buscan protección contra la persecución y que reúnen los requisitos de conformidad con el derecho internacional relativo a los refugiados.

Asimismo, deberían estudiar la posibilidad de adoptar medidas para regularizar la situación de los migrantes sin documentación que se encuentran en sus países, fomentar la integración de los migrantes en la vida nacional y permitir que, a largo plazo, puedan llegar a ser ciudadanos de ese país.

El Segundo Protocolo Opcional del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos destinado a abolir la pena de muerte y otras decisiones conexas, aprobado por las Naciones Unidas, ha alentado a los Estados a abolir o limitar estrictamente la pena de muerte. El párrafo 5 del artículo 6 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos prohíbe de forma expresa la imposición de la pena de muerte por delitos cuyos autores sean personas menores de 18 años de edad. Las estadísticas de algunos países que siguen aplicando la pena de muerte (incluso a menores delincuentes) ponen en evidencia una tendencia constante de discriminación y prejuicio raciales para con los delincuentes menores y adultos en la aplicación de la ley y la administración de la justicia penal.

Los gobiernos que han formulado reservas al párrafo 5 del artículo 6 que son incompatibles con el objetivo del Pacto Internacional deberían retirarlas. Deben adoptarse medidas especiales a escala nacional para hacer frente a las actitudes discriminatorias y aplicarse a los sistemas de justicia, incluida la policía, para menores y adultos.

3. Medidas de prevención, educación y protección destinadas a la erradicación del racismo, la discriminación racial, la xenofobia y las formas conexas de intolerancia a escala nacional, regional e internacional.

Los ministerios de educación, encargados de la educación de la sociedad a todos los niveles, incluidas las escuelas privadas y religiosas, deberían examinar el contenido de los planes de estudio a todos los niveles de la enseñanza y modificar aquellos que, sea de forma explícita sea de forma implícita, discriminan a grupos sociales por razones de raza, origen étnico, nacionalidad o casta. Debería llevarse a cabo un trabajo de investigación para elaborar nuevos materiales didácticos que fomenten la tolerancia racial, étnica y nacional, así como una cultura sin exclusiones. En este enfoque educativo se deberían incluir los cursos de educación cívica sobre las leyes contra el racismo y las formas de reparación legal a las que pueden recurrir las víctimas del racismo, la discriminación racial, la xenofobia y las formas conexas de intolerancia.

Se deben promover programas de fomento de la tolerancia y la convivencia entre las distintas culturas en las escuelas, y campañas de sensibilización de la población.

Los gobiernos de los países en los que la discriminación por motivos de casta esté muy extendida deberían aplicar, por un lado, todas las medidas constitucionales, legislativas y administrativas necesarias, incluidas medidas pertinentes de apoyo a esos grupos excluidos, para prohibir la discriminación por motivos de casta en relación con el trabajo y la ascendencia y, por otro lado, elaborar normas jurídicas eficaces a escala local y estatal.

4. Aplicación de soluciones, recursos, reparaciones y otras medidas (compensatorias) eficaces a escala nacional, regional e internacional.

Debería abolirse del derecho nacional e internacional la impunidad para antiguos delincuentes responsables de delitos en masa, como la esclavitud o el trabajo forzoso, cometidos por motivos racistas, de discriminación racial, xenófobos o por otras formas conexas de intolerancia. Las víctimas tienen derecho a la verdad, a que se reconozca esa verdad públicamente, y a ser resarcidos por los agravios sufridos. Los delincuentes vivos deberían ser acusados y juzgados, preferentemente en tribunales nacionales o en tribunales internacionales competentes. La eliminación de la impunidad, así como una rendición de cuentas pública de los delitos cometidos en el pasado, y la compensación para las víctimas son elementos fundamentales para concientizar a la población y para que sea posible el proceso de curación y reconciliación social destinado a romper la espiral de violencia que atraviesa las generaciones.

Los gobiernos de los países en los que la discriminación por motivos de casta aún está vigente deberían aplicar leyes, controlar su cumplimiento y poner a disposición de las víctimas medios de reparación mediante instrumentos a los que puedan tener acceso; velar por que las personas y las instituciones responsables de discriminación por motivos de casta en relación con el trabajo y la ascendencia no queden impunes y que sean procesado en virtud de la ley; y garantizar que las víctimas reciban una compensación justa. Se debería poner término a las prácticas degradantes como hurgar en la basura, y los individuos que lo hacen deberían ser reintegrados a la sociedad y recibir formación para realizar trabajos en los que se respete la dignidad humana.

5. Estrategias para lograr una igualdad total y efectiva, incluidos la cooperación internacional y el fortalecimiento de las Naciones Unidas y de otros mecanismos internacionales en la lucha contra el racismo, la discriminación racial, la xenofobia y las formas conexas de intolerancia, así como su seguimiento

La coherencia y la voluntad política que demostraron las Naciones Unidas en su apoyo a quienes lucharon durante decenios en Sudáfrica para lograr la abolición del sistema del apartheid es un claro ejemplo de la capacidad de la comunidad internacional para hacer frente de forma eficaz a las principales causas del racismo y de la discriminación racial. Este enfoque internacional y multisectorial debería estar reflejado en el Programa de Acción de la Conferencia Mundial, y se deberían tener en cuenta diversas medidas, desde la cooperación y la práctica económicas en los sectores público y privado, hasta la educación, las campañas de sensibilización, la colaboración en las esferas militar y de seguridad, así como otras destinadas a sancionar o a aislar a los gobiernos de los países en los que exista una tendencia constante a cometer violaciones graves de los derechos humanos basadas en actitudes racistas, de discriminación racial, de xenofobia y en formas conexas de intolerancia.

El llamamiento de la Conferencia Mundial sobre Derechos Humanos celebrada en Viena para lograr una coordinación más eficaz entre los organismos de las Naciones Unidas en el ámbito de los derechos humanos debería reiterarse y reforzarse por lo que atañe al racismo, la discriminación racial, la xenofobia y las formas conexas de intolerancia.

Deberían establecerse a nivel nacional mecanismos de participación que permitan evaluar la aplicación de la Declaración y el Programa de Acción, si es posible en el marco de las instituciones nacionales de promoción y protección de los derechos humanos. Como se estableció en los Principios de París de 1991, la composición de las instituciones nacionales debería garantizar una representación plural de la sociedad civil, en particular de representantes de organizaciones activas en la lucha contra el racismo, la discriminación racial, la xenofobia y las forma conexas de intolerancia, así como la discriminación por razones de ascendencia.

Los mecanismos nacionales de reparación, en particular el poder judicial a todos los niveles, también deberían estar integrados por personas que pertenezcan a grupos víctimas de discriminación racial, xenofobia y formas conexas de intolerancia, incluida la discriminación por razones de ascendencia.

A nivel internacional, sería preciso crear un mecanismo por temas dentro del dispositivo de defensa de los derechos humanos de las Naciones Unidas para estudiar, controlar e informar públicamente acerca de prácticas discriminatorias relativas al empleo y la ascendencia de las personas, así como la discriminación por razones de casta.

Debería crearse un mecanismo permanente de seguimiento que formara parte de la Oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos para supervisar y evaluar los programas de lucha contra el racismo y coordinar el intercambio de información. Dicho mecanismo seguiría de cerca la puesta en práctica de las resoluciones aprobadas por Conferencia Mundial e informaría a su respecto.

En el Programa debería incluirse un plazo para el examen de la puesta en práctica del Programa de Acción bajo los auspicios de las Naciones Unidas.

Además de las recomendaciones para la acción mencionadas anteriormente, se deberían examinar las que presentamos a continuación para que puedan incluirse en el Proyecto de Programa de Acción:

  • establecer mecanismos eficaces para lograr la erradicación de la pobreza y la equidad en la distribución de la riqueza en los Estados, así como condiciones básicas para el mejoramiento de la situación de las mujeres;
  • establecer mecanismos eficaces en los Estados para reparar las injusticias por lo que respecta a las oportunidades de educación formal y de trabajo;
  • poner en práctica medidas eficaces para impedir y combatir las prácticas del turismo sexual y la trata de mujeres en todas partes y resarcir a las víctimas cuyas vidas se han visto afectadas por el racismo, la discriminación por razones de casta, la discriminación racial, la xenofobia y otras formas conexas de intolerancia particulares;
  • velar por que los sistemas de salud proporcionen un trato igual a las mujeres de diferentes comunidades raciales/ étnicas y a las mujeres pertenecientes a castas diferentes, y que se respeten sus derechos de procreación;
  • afirmar los derechos económicos, políticos, sociales, culturales y espirituales de los pueblos indígenas como iguales a los demás en la configuración del patrimonio histórico, cultural y espiritual mundial;
  • fomentar la creación de vínculos entre los pueblos indígenas y la comunidad más amplia, y contribuir a mancomunar y reforzar las experiencias de los pueblos indígenas y sus instituciones para que puedan desempeñar un papel efectivo y activo en la eliminación del racismo. Difundir en toda la medida de los posible la información sobre los derechos y los valores de los pueblos indígenas entre la opinión pública nacional e internacional;
  • reiterar la necesidad de emprender una acción en favor de todas las víctimas del racismo, la discriminación racial, la xenofobia y otras formas conexas de discriminación para reparar las injusticias de que han sido objeto;
  • llevar a cabo estudios sobre instalaciones para desechos tóxicos y peligrosos, la presencia de venenos y agentes contaminantes y sus repercusiones en la salud y el sustento de comunidades de ascendencia africana, pueblos indígenas y minorías étnicas; proponer medidas para controlar esos abusos y castigar a los autores; y proponer soluciones a escala nacional e internacional y formas de compensar a las víctimas del racismo por razones de medio ambiente.