Documento n°  GEN 4   

GEN 4 Ir Hacia el Consenso. Artículo XVI revisado: reglamento de las reuniones

I.                    Introducción

 

El Comité Central había autorizado que se distribuyera el proyecto de artículo XVI a las iglesias miembros y a los miembros del Comité Central para su información y para la formulación eventual de observaciones (cf. CC 2003, Documento No 4.1).

 

Posteriormente, el Comité Ejecutivo autorizó:

a)      La inclusión en el “proyecto de artículo XVI: Reglamento de las reuniones” de las propuestas formuladas por las iglesias miembros y el Comité Permanente dela Comisión Especial, en consulta con los participantes en el grupo de redacción que elaboraron la primera versión del nuevo artículo XVI (Bossey, febrero de 2004).

b)      El examen de las secciones I a XV de la Constitución y el Reglamento teniendo en cuenta las modificaciones del artículo XVI: Reglamento de las reuniones.

c)      La presentación del nuevo artículo XVI al Comité Central en febrero de 2005 para su aprobación (cf. Actas del Comité Ejecutivo, agosto de 2004, p. 61).

 

 

II.                Documentos para examen y decisión

 

Se someten al Comité Central cuatro documentos para examen y decisión:

 

a)      Documento GEN 4.1

Artículo XVI revisado: Reglamento de las reuniones. En el último proyecto figuran todas las modificaciones propuestas. Más concretamente, se contempla ahora la posibilidad de pasar del método del consenso a los procedimientos de votación. La Dra. Janice Love, la Dra. Jill Tabart y la Dra. Ann Glynn-Mackoul fueron las principales redactoras y han consultado con los otros miembros del grupo de redacción inicial y del personal.

 

Se invitará al Comité Central a que aplique el método del consenso con arreglo a este nuevo artículo a modo de experimentación y apruebe, antes de terminar la reunión, el nuevo artículo XVI.


En el cronograma se incluyen la presentación apropiada del método del consenso, la preparación de los miembros del Comité Central y cursos de formación para los moderadores de los comités.

 

b)      Documento GEN 4.2

Nuevo artículo III.6: Comité Permanente sobre Consenso y Colaboración. Tras un examen minucioso y teniendo en cuenta la forma en que los miembros del Comité Permanente de la Comisión Especial describieron la función del “Comité Permanente”, los redactores llegaron a la conclusión de que sería útil y necesario referirse a este Comité en el Reglamento.

 

Gran parte del texto de este nuevo artículo se extrajo del Informe final de la Comisión Especial sobre la Participación de los Ortodoxos en el CMI, tal como fue aprobado por el Comité Central.

 

Se invitará al Comité Central a aprobar este nuevo artículo.

 

c)      Documento GEN 4.3

Constitución y Reglamento del CMI. En la versión propuesta se incorporan a la Constitución y el Reglamento las modificaciones necesarias habida cuenta de los nuevos artículos relativos al Reglamento de las reuniones.

 

Sin embargo, la tarea es bastante compleja ya que el Comité Central deberá continuar examinando los artículos que se refieren a los miembros (cf. Programa del Comité de Examen I). Por consiguiente, estas cuestiones no se contemplan en el presente documento y deberán anadirse una vez que el Comité Central las examine y decida al respecto.

 

Se propone que el Comité Central aporte sus observaciones sobre el trabajo realizado hasta ahora y autorice la entrega al Comité Ejecutivo de la versión final de la Constitución y el Reglamento antes de enviarla a los delegados de la Novena Asamblea.

 

d)       Documento GEN 4.4

Manual de Reglamento de las reuniones del CMI. El propósito de este documento es contribuir a que los delegados de la Asamblea, los miembros del Comité Central y los participantes en las reuniones de los órganos consultivos del CMI conozcan a fondo el método del consenso.

 

Se invita al Comité Central a formular observaciones sobre el Manual y a autorizar su publicación para enviarlo a los delegados y participantes de la Asamblea.